Nuevos cambios legislativos (Solvencia II)
La realidad social es cambiante y el derecho siempre va por detrás de ella, uno de los campos en los que los seguros están empezando dar respuesta es en las nuevas tecnologías. Ya no son solo solo los simpáticos drones respecto de los que vemos accidentes a asegurar,sino que los ciber riesgos son también uno de los problema emergentes que más rápido está creciendo a nivel mundial. A medida que la tecnología crece, los servicios en la nube “cloud computing”, políticas corporativas sobre utilización del dispositivo personal “bring your own device”, big data analitiycs o el internet de las cosas, están incrementando su crecimiento. Hablar de ciber ataque es hablar de grandes pérdidas económicas y la paralización en el desarrollo de la actividad normal de las empresas, pero es más, un evento catastrófico de estas características podría implicar reclamaciones contra los administradores y directivos.
En el entorno de las empresas, los Consejeros, administradores y directivos toman decisiones diarias que pueden crear situaciones que deben tener cobertura. Por otra parte el nuevo marco normativo endurece su responsabilidad civil (Ley de Sociedades de Capital) y penal (Ley Orgánica 1/2015 del Código Penal). Estos son algunas de las nuevas amenazas a los que se enfrentan las empresas e indirectamente sus responsables.
Otro reto es el derivado de Solvencia II, una normativa europea que va a revolucionar el sector asegurador. Su transposición al ordenamiento jurídico español conlleva cambios en la forma en que las compañías calculan el capital que deben mantener para hacer frente a sus compromisos, incide en el gobierno corporativo de las entidades, en la supervisión, en la información que cada aseguradora ofrece al mercado. Persigue básicamente dotar al sector del seguro y el reaseguro de un marco normativo específico que permita que las aseguradoras puedan operar reduciendo sus riesgos, aumentando su competitividad y mejorando el tipo y la calidad del producto o servicio que ofrecen a sus clientes y usuarios. Implica una reestructuración casi integral de la legislación en torno al sector del seguro. En primer lugar, porque obliga a las compañías aseguradoras a cambiar su forma de trabajo para entender los cambios. Además, hay requisitos en cuanto a supresión , su capitalización, análisis de riesgos en la comercialización de sus productos y por parte del órgano de control pertinente y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones facilitarán que las entidades sean mucho más solventes, y que las crisis no se lleven por delante a muchas de ellas.
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